jueves, 8 de octubre de 2015

ESTATUTOS



ESTATUTO DE LA RED DE MAESTROS Y MAESTRAS POR LA REVOLUCIÓN EDUCATIVA:

CAPÍTULO I
DECLARACIÓN DE LOS PRINCIPIOS, CONSTITUCIÓN, FINES Y OBJETIVOS FUNDAMENTALES

Artículo 1.- De los Principios:LA Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa se fundamenta en la solidaridad con miras hacia la consecución de una sociedad educativa más justa, humana, libre einclusiva, que desarrolla su gestión en conformidad con los siguientes principios:

a)    Unidad de Clase, entendida como el apoyo solidario a los miembros de la  Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa del Ecuador  que son docentes y que forman parte de la comunidad educativa.

b)   Independencia, que ha de entenderse como la autonomía y libertad de la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa para definir sus estrategias, acciones de lucha por una educación de calidad.

c)    Democracia, concebida como la participación de maestros y maestras por la revolución educativa del país, y de las mayorías populares en el orden educativo.

d)   Solidaridad, entre sus miembros para el  desarrollo de acciones concretas de apoyo a la superación constante de los/as Docentes, inmersos en los procesos de enseñanza-aprendizaje, y  que se fundamentan en los principios constitucionales señalados en la Constitución Política del Ecuador.

e)    Libertad, entendida como el derecho de autoconciencia y de responsabilidad en el reto de la revolución educativa.

f)     Humanismo, concebido como el respeto a los valores y derechos humanos de sus miembros, en armonía con los postulados de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.


g)    Interculturalidad, entendida comolosprocesos de comunicación e interacción entre personas y grupos, con identidades culturales específicas  donde no se permite que una persona o un grupo cultural esté por encima del otro, favoreciendo en todo momento el diálogo, la concentración y con ello la integración y convivencia enriquecida entre culturas; basadas en el respeto a la diversidad y el enriquecimiento mutuo.

Artículo 2.- De Constitución, Razón Social, Domicilio, Fines y Objetivos: Se constituye la organización social denominada Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa, como el  colectivo  de los docentes del sistema educativo, a quien en adelante se la denominará simplemente RED.

La RED contará con patrimonio propio, tendrá autonomía en su administración y gozará de personalidad jurídica; con capacidad legal para ejercer derechos y contraer obligaciones.

La REDse regirá de conformidad con la Constitución de la República del Ecuador, Ley Orgánica de Educación Intercultural, Ley Orgánica de Participación y Control Social, las disposiciones del Código Civil, por el presente Estatuto y demás disposiciones que sean aplicables.

La RED tiene su domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, Sede de la Coordinación Nacional, funcionará en conformidad con los principios, fines y objetivos declarados en este Estatuto.

Tendrá un plazo de duración  indefinido, pudiendo  disolverse por voluntad propia de sus miembros o por mandato legal.

Artículo 3.- Lema de la Asociación: El lema de la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa es “EDUCACIÓN ES REVOLUCIÓN”

Artículo 4.- Fines: Son Fines de la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa:
a)    Contribuir al desarrollo de la teoría y  los modelos pedagógicos para la Educación como eje estratégico del desarrollo del país.
b)   Implementar y colaborar para que las políticas educativas establecidas por el Ministeriosean ejecutadas en todo el territorio nacional en correspondencia con el Buen Vivir.
c)    Propender el mejoramiento pedagógico y educativo de todos sus miembros;
d)   Generar  nuevas teorías y métodos pedagógicos para el desarrollo de la educación integrativa y revolucionaria.
e)    Procurar la unidad de todos los miembros en los diversos lugares de los circuitos, distritos, y zonas en las que laboren las y los docentes, impulsando y facilitando espacios de diálogo entre ellos, como el único mecanismo para lograr acuerdos y resolver diferencias que permitan avanzar con la revolución educativa en el marco del Buen Vivir.
f)     Promover el conocimiento, promoción, aplicación y defensa de los derechos tanto de los docentes como de los estudiantes.
g)    Fomentar la representación democrática, incluyente, revolucionaria, solidaria y no partidista de los docentes para avanzar en la construcción de la sociedad del conocimiento y del Buen Vivir.

Artículo 5.- Objetivos.-  Son objetivos de la RED:
a)    Promover la calidad, equidad, igualdad de oportunidades, transmisión, efectividad de la educación, para que favorezcan la libertad, responsabilidad, tolerancia, igualdad, respeto y la justicia de los partícipes en los procesos de educación.
b)   Vigilar que las políticas educativas vayan en beneficio de todos las y los niños y jóvenes, de acuerdo a lo que estipula la Constitución de la República, Tratados internacionales, Ley Orgánica de Educación Intercultural y demás leyes y reglamentos.
c)    Velar por los intereses primordiales de todos quienes integran la Red de Maestros y Maestras Por la Revolución Educativa  mediante el trabajo organizado, promoviendo el diálogo propositivo con todos los sectores vinculados a la Educación.

Artículo 6.- Símbolo Bandera.-  El símbolo de la RED es la bandera de la organización: será rectangular,  en la parte central se exhibirá el logotipo de la organización en un fondo blanco cuyo significado es la pureza de espíritu de la Organización y la paz en la unidad de sus miembros.

El logotipo presenta cuatro ejes que significan los principios de la Red de Maestros: Democracia, Inclusión, Transparencia y Revolución, que se integran y entrelazan  con un círculo entrecortado de color amarillo  que significa a su vez apertura, flexibilidad dirigida hacia cambios que exige la Educación de Calidad y fortalecimiento de la Red.

En el centro del logotipo se exhibe una red de color rojo que significa el entretejido social que promueve la organización de los maestros y maestras ecuatorianos. Simboliza la fuerza del trabajo organizado, proactivo,  en equipo y los objetivos comunes de la organización para la consecución de la  trasformación  educativa en el Ecuador  y de una sociedad educativa más justa, humana, libre y solidaria.


CAPÍTULO II
DE LOS MIEMBROS

Artículo 8.- Tienen la condición de ser  miembros de la Red, los maestros y maestras  de la educación general básica y del bachillerato, que han suscrito el Acta Constitutiva de la Red; y, de aquellos que posteriormente hayan expresado por escrito su decisión de afiliación y sean aceptados por la Coordinación Zonal y/o Nacional según sea el caso.

Artículo 9.- De los miembros: Los miembros de la Red, se dividen en miembros activos y miembros honorarios.

Los miembros activos son aquellas personas que suscribieron el acta de constitución de la Red, así como aquellos que ingresen de forma estatutaria posteriormente a la creación de la Red, teniendo derecho a voz y voto en las Asambleas Generales de miembros.

Los miembros honorarios de la Red, son aquellas personas que han realizado actos de beneficio a favor de Red, y sean aceptados como tales por la Coordinación Nacional y/o Zonal.

Artículo 10.- Requisitos para ser miembro de la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa: Para ser miembro de la RedMaestros y Maestras por la Revolución Educativa se requiere:
a)    Que los docentes, a título individual manifiesten por escrito su voluntad de ser miembros de la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa y se comprometan a respetar los estatutos y reglamentos de la RED.
b)   Que las personas que sean docentes y manifestaren  por escrito su voluntad de ser miembros de la RED y se comprometan a respetar los estatutos y reglamentos de la mismase encuentren vinculados a la educación en sus diversas manifestaciones.
c)    Presentar una solicitud por escrito en la que indiquen su voluntad de ingresar a la Red; adjuntarán copia de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación;
d)   Que la solicitud presentada, en primera instancia será aceptada por la Coordinación Nacional y/o Zonal según sea el caso, siendo ratificado por la Asamblea General de miembros.

Artículo 11.- Son obligaciones de los miembros:
a)    Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias a las que fueren convocados;
b)   Participar en los procesos democráticos para elegir y ser elegidos;
c)    Acatar las resoluciones tomadas en la Asamblea General de la Red de forma obligatoria, aunque no hayan asistido a la Asamblea; así como las resoluciones tomadas en las coordinaciones nacionales y/o zonales.
d)   Cumplir fiel, leal y estrictamente las comisiones que les fueren encomendadas, para la buena marcha y progreso de la Red;
e)    Aportar mensualmente de forma obligatoria con una cuota equivalente al 1.5% de una remuneración básica unificada; y, en su caso, las cuotas extraordinarias que no podrán ser mayores al doble de una cuota mensual;
f)     Someter a consideración de la Coordinación Nacional y/o Zonal según corresponda el caso, las peticiones, quejas y/o reclamos, debidamente documentados y argumentados;
g)    Cumplir y hacer cumplir fielmente las disposiciones del presente Estatuto, Reglamento          Interno y las Resoluciones legalmente aprobados por la Asamblea General y la Coordinación Nacional;
h)   Cumplir con los aportes económicos que se acuerden legalmente en la Coordinación Nacional;
i)     Desempeñar de manera eficaz y eficiente los cargos para los que fueren elegidos, salvo caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados;
j)     Intervenir activamente en las actividades que organice o se promuevan en el seno de la organización;
k)   Presentar la ayuda y colaboración necesaria a la Coordinación para lograr el engrandecimiento y prestigio de la organización;
l)     Guardar el debido respeto y consideración a todos los miembros de la Red.
m)  Presentar los informes necesarios de las responsabilidades asignadas y de las comisiones en que participen para conocimiento y aprobación de la Coordinación Nacional
n)   Las demás que constaren de conformidad al Estatuto y demás disposiciones legales

Artículo 12.- Derechos de los miembros de la RED: Son derechos de los miembros los siguientes:
a)    Exigir de la Redel cumplimiento cabal de los derechos de los y las docentes, además de la defensa de los intereses de la comunidad educativa y en especial de sus miembros;
b)   Gozar de los beneficios que el Estatuto y demás documentos de la organización contemplen;
c)    Participar con voz y voto en las deliberaciones de las Asambleas Generales ordinarias, extraordinarias y en toda reunión organizada por las distintas instancias de coordinación de la RED;
d)   Elegir y ser elegidos para toda función; y, participar en la integración de comisiones;
e)    Participar constructiva y propositivamente de las actividades de la RED
f)     Ejercer y exigir el derecho de rendición de cuentas a todas las instancias de coordinación de la RED y,
g)    Los demás que les corresponda conforme al Estatuto, Reglamento y demás disposiciones legales.


CAPÍTULO III
ORGANIZACIÓN DE LA RED DE MAESTROS Y MAESTRAS POR LA REVOLUCIÓN EDUCATIVA

Artículo 13.- Gobierno y Administración:Los órganos de gobierno de la REDde maestros; para el desarrollo de sus fines y objetivos son:
  • Asamblea General
  • Coordinación Nacional
  • Asamblea Zonal
  • Coordinaciones Zonales
  • Coordinaciones Distritales

La RED será representada legalmente por el Coordinador Nacional quien será electo por los miembros de la Coordinación Nacional.

Para un mayor cumplimiento de sus objetivos, la RED ha establecido las siguientes comisiones:
·         Comisión de Promoción y Defensa de Derechos de sus miembros;
·         Comisión de Formación y Capacitación;
·         Comisión de Comunicación;
·         Comisión de Investigación Pedagógica;
·         Comisión de Democracia Participativa

Estas comisiones funcionaran a nivel nacional y en todos los niveles territoriales locales de las coordinaciones de la RED y definirá un responsable por cada una de las mismas

Artículo 14.- DE LA ASAMBLEA GENERAL.- La Asamblea General  es la máxima autoridad se integrará con todas las y los miembros que conformen la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa, quienes deberán estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones. Estará presidida por la Coordinación Nacional representada por el Coordinador Nacional.

Las resoluciones de la Asamblea General de miembros son obligatorias para todos sus miembros y para todas las instancias establecidas de la organización.

Artículo 15.- La Asamblea General para que se considere reunida deberá estar presente o representada por la mitad más uno de los miembros afiliados a la fecha en que se realice dicha Asamblea. Dadas las condiciones de trabajo, un miembro podrá hacerse representar por otro miembro de la entidad, delegando esta representación por escrito. Si no concurriera el número antes indicado a la convocatoria, transcurrida una hora después de la hora señalada se instalará la Asamblea General sea cual fuere el número de miembros que asistan, este particular se hará constar en actas y susresoluciones serán obligatorias para todos los miembros de la organización.

Artículo 16.- Las resoluciones de la Asamblea General serán tomadas por mayoría de votos, entendiéndose mayoría la mitad más uno de los miembros concurrentes o a su vez por proclamación o aceptación de los asistentes.

Artículo 17.- La convocatoria a la Asamblea General se hará mediante carta enviada a cada uno de los miembros, mediante comunicado publicado en cada distrito de las zonas del país, mediante comunicado digital enviado electrónicamente y por redes sociales o por publicación en un medio de comunicación escrita, en los cuales se indicará el día, la hora, el lugar y el objeto de la reunión con al menos 15 días de anticipación.

Artículo 18.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez cada año, y extraordinariamente, cuando fuere convocada; o por resolución de la Coordinación Nacional, o a solicitud de la tercera parte de las Coordinaciones Zonales de la RED, siempre y cuando estos últimos se encuentren al día en sus obligaciones.

Artículo 19.- DE LAS ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL.-  Son atribuciones de la Asamblea General:
a)    Aprobar los planes de trabajo anuales de la RED;
b)   Posesionar a los miembros de la Coordinación Nacional, los mismos que serán electos en las respectivas zonas según lo contemple el reglamento de elecciones; la elección de los mismos se realizará cada tres años en la segunda semana; y, posesionarlos en sus cargos en la tercera semana del mismo mes y año;
c)    Conocery aprobarlos informes semestrales que la Coordinación Nacional debe presentar sobre sus actividades;
d)   Conocer y aprobar las reformasdel presente Estatuto, los reglamentos y demás resoluciones, si este hecho fuere necesario;
e)    Aprobar el presupuesto anual de la RED para cada ejercicio económico;
f)     Imponer sanciones a sus miembros, previo los respectivos informes;
g)    Pedir a la Coordinación Nacional los informes que creyera del caso;
h)   Nombrar al auditor externo para la fiscalización de los recursos económicos de la Organización;
i)     Conocer y aprobar el informe anual de la Coordinación Nacional, así como de los balances financiero económicos y de gestiónpresentados por esta;
j)     Expedir acuerdos y resoluciones.
k)   Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.


CAPÍTULO IV
DE LA COORDINACIÓN NACIONAL

Artículo 20.- La Coordinación Nacional está conformada por38 miembros que ostentarán las siguientes dignidades:
a.    Un Coordinador Nacional de la Red
b.   Un Subcoordinador Nacional de la Red electo por los coordinadores zonales
c.    Nueve Coordinadores Zonales de la RED.
d.   Un Secretario/a de Actas y Comunicaciones
e.    Un Coordinador Financiero,
f.     Cinco miembrosque integraran la Comisión de Promoción y Defensa de Derechos de sus miembros presidida por uno de ellos quien hará las veces de coordinador;
g.    Cinco miembros que integraran la Comisión de Formación y Capacitación presidida por uno de ellos quien hará las veces de coordinador;
h.   Cinco miembros que integraran la Comisión de Comunicación presidida por uno de ellos quien hará las veces de coordinador;
i.     Cinco miembros  de la Comisión de Investigación Pedagógicapresidida por uno de ellos quien hará las veces de coordinador;
j.     Cinco miembros  de la Comisión de Democracia Participativa presidida por uno de ellos quien hará las veces de coordinador

Artículo 21.- La Coordinación Nacional constituye el espacio de dirección y ejecución de más alto nivelde la Red.

Artículo 22.- Los miembros de la Coordinación Nacional durarán en sus funcionestres años y podrán ser reelegidos en períodos continuos por una sola vez; basados en el principio de alternabilidad. Solamente el Coordinador Nacional permanecerá en su cargo cuatro años y podrá ser reelegido por una sola vez en períodos continuos, basado en el principio de alternabilidad.

Artículo 23.- La Coordinación Nacional sesionará ordinariamente cadados mesesy extraordinariamente cuando lo convoque el Coordinador/a Nacional, a solicitud de la mitad más uno de los miembros de la Coordinación nacional o a petición de los miembros de la RED que representen el diez por ciento de total de los miembros; dicha solicitud será realizada por escrito y con firmas de respaldo, siempre  y cuando  se encuentren al día en sus obligaciones para con la RED.

El quórum de instalación será la mitad más uno de los delegados que la conforman.

Artículo 24.- DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA COORDINACION NACIONAL.- Son derechos y obligaciones de de la Coordinación Nacional:
a)    Reglamentar la aplicación del Estatuto;
b)   Dictar, reformar, derogar e interpretar los estatutos y los reglamentos generales y espaciales, así como, tomar las resoluciones que permitan crear derechos y obligaciones de la Red y sus miembros.
c)    Cumplir y hacercumplir las resoluciones adoptadas por la Asamblea General y por laCoordinación Nacional;
d)   Aplicar las sanciones correspondientes, previo conocimiento y resolución de la Asamblea General;
e)    Emitir informes semestralmente y presentarlos anualmente a la Asamblea General para su aprobación, sobre el desarrollo de sus actividades;
f)     Elaborar el Presupuesto del ejercicio económico y sus modificaciones, y poner en conocimiento de la Asamblea General para su aprobación.
g)    Orientar y dirigir las actividades de la Organización, procurando por todos los medios legales y morales que logren conseguir sus fines;
h)   Representar a la RED a nivel nacional e internacional.
i)     Delinear la estrategia política, programática y organizativa de la RED, la que será ejecutada a través de las instancias de coordinación en territorio.
j)     Cumplir y hacer cumplir las normas de carácter general, así como los acuerdos y disposiciones impartidas,
k)   Establecer los convenios que se requieran para cumplir con el mandato de los estatutos y de la Asamblea General,
l)     Informar y difundir la labor de la RED;
m)  Promover y mantener un sistemático intercambio de experiencias, coordinación y. asociación con organismos similares del país y del exterior;
n)   Elegir a un miembro de la coordinación nacional para que presida alguna las comisiones de la RED, en calidad de coordinador.
o)    Conformar las Comisiones con miembros de la Coordinación Nacional e informar sobre el resultado de sus gestiones a la Asamblea Nacional;
p)   Convocar a elecciones de dignidades y miembros de la Coordinación Nacional, según lo contemple el reglamento de elecciones.
q)    Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 25.- De los Miembros de la Coordinación Nacional.- Los miembros de la Coordinación Nacional serán electos según lo contemple el Reglamento de Elecciones de la Red y gozan de los siguientes deberes y atribuciones:
a)    Para ser elegido miembro de la Coordinación Nacional de la RED, se requiere ser maestro o maestra en ejercicio activo.
b)   Dirigir y representar a los maestros y maestras de sus respectivas zonas;
c)    Elaborar propuestas, planes y proyectos para el desarrollo de la Red en sus respetivas zonas y velar por su cumplimiento;
d)   Mantener informados a los maestros y maestras de sus respetivas zonas de las resoluciones y las acciones de la Red de Maestros;
e)    Integrar las comisiones que contemple el presente estatuto y las demás que les fueren asignadas por los organismos de gobierno;
f)     Elaborar informes de su participación y de los resultados obtenidos en las comisiones que integra y entregarlos a la Coordinación Nacional para su aprobación; además elaborar informes de sus actividades a ser presentados en las respetivas zonas;
g)    Participar con voz y voto, en las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Coordinación Nacional;
h)   Ejercer las demás atribuciones y cumplir las demás obligaciones que contemplen las Leyes, el Estatuto y los Reglamentos.

Artículo 26.- Del Coordinador Nacional.- El Coordinador Nacional es el representante legal de la organización y lo elegiránsegún lo contemple el Reglamento de Elecciones; tiene las siguientes obligaciones:
a)    Convocar y dirigir las sesiones de la Asamblea General;
b)   Convocar y dirigir las sesiones de la Coordinación Nacional;
c)    Firmar conjuntamente con el Coordinador Financiero la autorización de los gastos contemplados en el presupuesto anual previamente aprobado por la Asamblea General;
d)   Participar en todos las instancias establecidas en el presente estatuto;
e)    Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y Reglamentos así como las disposiciones emanadas de la Asamblea General y de la Coordinación Nacional;
f)     Presentar para su análisis y aprobación las agendas política, programática y organizativa de la RED
g)    Rendir cuentas ante todas la instancias de la RED;
h)   Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la RED en todos los actos o contratos que realice la organización;
i)     Será elegido para un período de cuatro años.
j)     Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 27.- Del Subcoordinador Nacional.-El Subcoordinador Nacional será elegido por la Coordinación Nacional y cumplirá con las siguientes obligaciones:
a)    Reemplazar en ausencia parcial o temporal al Coordinador Nacional con todas sus atribuciones y mantener las de su cargo.
b)   En caso de ausencia indefinida del Coordinador Nacional convocar de forma inmediata a elecciones para que se nombre al nuevo Coordinador Nacional.
c)    En forma conjunta con los coordinadores zonales elaborar los programas anuales dela RED,mismos que serán presentados, discutidosy aprobados por la Coordinación Nacional;
d)   Presentar un plan de trabajo que tienda a la unificación de todos los miembros de la RED;
e)    Será elegido para un período de tres años.
f)     Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo.- De la Asamblea Zonal.- La Asamblea Zonal  es la máxima autoridad de la Zona se integrará con todas las y los miembros que conformen la Red de Maestros y Maestras por la Revolución Educativa quienes deberán estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones. Estará presidida por el Coordinador Zonal.
Son atribuciones de la Asamblea Zonal:
a)    Aprobar los planes de trabajo anuales de la RED en su zona;
b)   Posesionar al Coordinador Zonal, el mismos que será electo según lo contemple el reglamento de elecciones; la elección del mismo se realizará cada tres años;
c)    Conocer y aprobar los informes que el Coordinador Zonal debe presentar sobre sus actividades;
d)   Solicitar a la Coordinación Nacional los informes que creyera del caso;
e)    Conocer y aprobar el informe anual de la Coordinación Nacional, así como de los balances financiero económicos y de gestión presentados por esta;
f)     Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 28.- De los Coordinadores  Zonales.- Los Coordinadores Zonales será electo según lo contemple el Reglamento de Elecciones cumplirán con las siguientes obligaciones:
a)    Elaborar en forma conjunta con el Subcoordinador Nacional los programas anuales de la RED,mismos que serán presentados, discutidos y aprobados por la Coordinación Nacional;
b)   Organizar conjuntamente con los delegados de las Comisiones los eventos que lleven a una mejor organización de la RED;
c)    Serán elegidos para un período de tres años.
d)   Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 29.- Del Secretario/a de Actas y Comunicaciones.- El Secretario/a de Actas y Comunicaciones, será elegido por la Coordinación Nacional, solo tendrá voz informativa,y tiene las siguientes atribuciones:
a)    Ejecutar la Convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General;
b)   Legalizar con su firma las actas,comunicaciones y otros documentos de la RED;
c)    Ejecutar la Convocatoria a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Coordinación Nacional;
d)   Llevar cuidadosa y prolijamente el libro de actas y resoluciones aprobadas por la Coordinación Nacional e la RED;
e)    Organizar y mantener el archivo y biblioteca de la RED;
f)     Comunicar a las autoridades correspondientes en forma oportuna los cambios que se efectuaren en la Directiva delaRED;
g)    Llevar un control detallado de la asistencia de los miembros a las asambleas generales y sesiones descritas en el presente estatuto.
h)   Controlará la custodia y el archivo de la documentación legal, y oficial de la RED;
i)     Redactar los informes que disponga la Coordinación Nacional y el Coordinador Nacional;
k)   Serán nombrados para un período de tres años.
l)     Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 30.- De la Coordinación Financiera.- El Coordinador Financiero será elegido por la Coordinación Nacional ysolo tendrá voz pero no voto en sus actuaciones. En ausencia temporal o definitiva, la Coordinación Nacional encargará o designaráal subrogante de entre los miembros coordinadores de la RED y tiene las siguientes obligaciones:
a)    Firmar conjuntamente con el Coordinador Nacional la autorización de gasto de acuerdo al presupuesto anual de la RED;
b)   Recaudar y administrar los recursos de laRED, los mismos que estarán bajo su custodia y responsabilidad en una de las entidades financieras;
c)    Suscribir todos los ingresos y egresos económicos de la RED;
d)   Elaborar y presentar ala Coordinación Nacional el borrador del  presupuesto anual delaRED;
e)    Promover el incremento de los fondos de laREDy todas las actividades económicas del mismo;
f)     Generar recursos económicossustentables o permanentes para el sostenimiento de la RED;
g)    Recaudar las cuotas ordinarias y extraordinarias que tengan que pagar los miembros así como la totalidad de las multas que hubiese lugar para los miembros de la RED; y,
h)   Presentar informes económicos a la Asamblea General.
i)     Será nombrado para un período de tres años.
j)     Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 31.- Comisión De Promoción Y Defensa De Los Derechos De Los Docentes.- La Comisión de Promoción y Defensa de los Derechos de los Docentes tendrá las siguientes competencias:
a)  Mediar en la resolución de los conflictos y dificultades que se suscitare entre los miembros de la RED y aplicar las medidas más convenientes para la resolución de los mismos;
b)  Gestionar ante las Autoridades competentes, el reconocimiento de los derechos de los docentes establecidos en la Constitución, la Ley, Decretos ejecutivos, acuerdos o resoluciones;
c)    Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 32.- Comisión de Formación y Capacitación Docente.- La Comisión de formación y capacitación docente cumplirá las siguientes funciones:
a)    Organizar y fomentar las actividades académicas, científicas y de profesionalización;
b)   Gestionar ante las autoridades competentes el establecimiento de cursos y talleres de profesionalización constante;
c)    Coadyuvar en la organización y mantenimiento en la biblioteca de la Organización especialmente con la literatura que tenga relación con asuntos profesionales; y,
d)   Crear una unidad de capacitación constante.
e)    Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 33.- Comisión de Comunicación.- La Comisión de Comunicación cumplirá con las siguientes obligaciones:
a)    Organizar el flujo de información entre los integrantes de la REDy con organizaciones afines de otras provincias o países;
b)   Realizar un proceso informativo de seguimiento y evaluación de los objetivos planteados por la organización;
c)    Diseñar una agenda comunicacional con los medios de comunicación públicos;
d)   Desarrollar los boletines informativos y de prensade laRED;
e)    Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 34.- Comisión de Investigación Pedagógica.- La Comisión de Investigación Pedagógica, se encargará de las siguientes labores:
a)    Generar estrategias de crecimiento profesional encaminado a las nuevas teorías pedagógicas para el mejoramiento de la educación en todos sus niveles;
b)   Difundir las nuevas corrientes pedagógicas para un desarrollo cualitativo y cuantitativo de la educación básicay del bachillerato, para una capacitación eficaz de los docentes miembros de la Red;
c)  Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 35.- Comisión de Democracia Participativa.- La Comisión de Democracia Participativa cumplirá las siguientes funciones:
a)    Planificar y coordinar la ejecución de programas de capacitación en temas de voluntariado y trabajo comunitario, veedurías ciudadanas, iniciativas ciudadanas y todas aquellas iniciativas que tengan que ver con la participación de la comunidad educativa;
b)   Ejecutar acciones de participación ciudadana que fomenten la solidaridad dentro del espacio de la red de maestros; y,
c)    Mantener contacto y coordinación con los Consejos de Igualdad y el Consejo de Participación Ciudadana;
d)   Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 36.- De las Coordinaciones Zonales.- Las Coordinaciones Zonales de La Red es el espacio de coordinación para la toma de decisiones u orientaciones en las jurisdicciones zonales que cubre varias provincias, las mismas que elegirán sus propios representantes, según lo contemple el Reglamento de Elecciones. Las Coordinaciones Zonales tendrán las siguientes obligaciones:
a)    Convocar y dirigir las sesiones de los miembros de la Red en cada Zona;
b)   Difundir los planes y políticas generales de la organización;
c)    Ser el enlace de comunicación entre las Coordinación Nacional, con las coordinaciones distritales, y sus miembros;
d)   Hacer cumplir las resoluciones de la Asamblea General y las disposiciones de la Coordinación Nacional
e)    Durarán en sus funcionestres años, pudiendo ser reelegidos por una vez.
f)     Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.

Artículo 37.- De las Coordinaciones Distritales.- La Coordinaciones Distritales de La Red es el espacio de coordinación para la toma de decisiones u orientaciones en las jurisdicciones distritales de cada zona, y tendrá específicamente las siguientes obligaciones:
a)    Recoger, tramitar y dar y conocer alaCoordinación Nacional acerca de la situaciones que se presenten con sus miembros en cada una de sus jurisdicciones;
b)   Hacer cumplir las resoluciones de la Asamblea General y las disposiciones de la Coordinación Nacional.
c)    Durarán en sus funciones tres años, pudiendo ser reelegidos por una vez.
d)   Las demás que corresponda conforme a las Leyes, al Estatuto, a los Reglamentos y demás disposiciones legales.


CAPÍTULO V
DELOS RECURSOS Y FONDO DE LA RED DE MAESTROS Y MAESTRAS POR LA REVOLUCION EDUCATIVA, RECAUDACIÓN, DISTRIBUCIÓN E INVERSIÓN

Artículo 38.- Para el cumplimiento de sus objetivos y fines específicos, la Red contará con el aporte de sus miembros y los recursos que llegare a obtener lícitamente, para el efecto se realizarán toda clase de actividades, actos, convenios y contratos permitidos por las leyes ecuatorianas; y mantener relaciones de cooperación con otras organizaciones que tengan finalidades de similar naturaleza.

El patrimonio con el que se constituye la RED es de cuatrocientos dólares de los Estados Unidos de América que se encuentran depositados en una cuenta bancaria abierta a nombre de la RED.

Forman parte del patrimonio de la RED:
a)    Los valores recaudados por concepto de pago de las cuotas mensuales de los/as miembros;
b)   Las cuotas extraordinarias que se establecieren por parte de la Coordinación Nacional;
c)    Las donaciones, herencias y legados que se hicieran a favor de la RED;
d)   El producto de las sanciones económicas que la entidad impusiera a sus miembros de acuerdo con este Estatuto;
e)    Por todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera la Organización,

CAPÍTULO VI
DE LAS SANCIONES

Artículo 39.- Establézcanse las siguientes sanciones para los miembros de laRED:
a)    Amonestación escrita;
b)   Multas;
c)    Suspensión temporal de derechos;
d)   Expulsión.

Artículo 40.- Serán sancionados con amonestación escrita los miembros que no cumplan con las resoluciones de Asamblea General y de la Coordinación Zonal; y de lo establecido en el presente Estatuto.

Artículo 41.- Serán sancionados con multa, el o los miembros que reincidieran en el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior; así como quienes no concurrieran a una convocatoria a sesión ordinaria o extraordinaria, o de cualquier otro organismo de la RED; esta multa será fijada por la Asamblea General, esta no podrá ser mayor a cuatro cuotas mensuales.

Artículo 42- La suspensión temporal de derechos se aplicará:
a)    Al miembro/a que hubiera faltado por tercera ocasión sea o no consecutiva a una sesión de Asamblea General o de cualquier otro organismo de la RED para lo cual ha sido debidamente covocado;
b)   Al miembro/a que fuere culpable de comportamiento o conducta inmoral o atentatoria para las finalidades de la RED; y,
c)    Al miembro/a que eludiera el pago de tres cuotas ordinarias o extraordinarias sin que por ello quede excepto de pagar sus mensualidades.

Artículo 43- La expulsión se aplicará a:
a)    Los/as miembros que reincidieren en las faltas previstas en el artículo anterior;
b)   A los/as miembros que fomentaren la disolución de la REDsin perjuicio de las responsabilidades legales a que ello diera lugar;
c)    A los/as miembros que malversaren o desfalcaren los fondos de la RED sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales respectivamente;
d)   A los/as miembros que fueren comprobados en la comisión de delitos comunes o autores de hechos graves que vayan en perjuicio de la Asociación; y,
e)    A los miembros que agredieran de palabra o de forma física a los miembros de la Coordinación Nacional, así como, a cualquier integrante del gremio.

Artículo 44.- Son causas de remoción de los miembros delaCoordinación Nacional, Coordinación Zonal y Coordinación Distrital:
a)    Por no cumplir con sus obligaciones estatutarias y/o resoluciones de la Asamblea General; y,
b)   Por traicionar los intereses de los/las miembros, debidamente probados;
c)    Por incurrir en actos de deshonestidad debidamente probados que atentan contra los intereses de la Red;

La remoción de los miembros delasCoordinaciones lo resolverá la Asamblea General o la Coordinación Nacional.

Artículo 45.- Es facultad exclusiva de la Asamblea General o de la Coordinación Nacional dela REDaplicar sanciones de remoción de cargos o expulsión de el o los miembros implicados, a quienes se les faculta el derecho a la defensa en audiencia pública que se llevará a cabo en una Asamblea General, las demás amonestaciones escritas, multas y suspensión temporal de derechos, podrán ser aplicadas y resultas por la Coordinación Nacional.


CAPITULO VII
DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS

Artículo 46.- Los conflictos internos de la RED, deben ser resueltos por sus propios organismos, agotando todas las instancias con sujeción a las disposiciones del presente Estatuto y sus reglamentos.

Artículo 47.- En caso de conflictos con terceras personas, se someterán a las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación o a los Jueces competentes, a elección del actor, cuyas resoluciones se pondrán en conocimiento de la Autoridad Competente que ejerza en ese instante el control.


CAPÍTULO VIII
DE LA EXTINCIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 48.-LaRED se disolverá por no cumplir o desviar sus fines, por la disminución en número de sus miembros al mínimo legal o por las causas determinadas en la ley, en aplicación de lo que determina el Código Civil como norma supletoria.

El patrimonio de laREDen caso de su extinción o disolución serán adjudicados a quien determinen los miembros en la última Asamblea General.


DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.-Sólo por esta vez los dignatarios dela Coordinación Nacional, serán elegidos a partir de la aprobación del presente Estatuto; y durarán el período estatutario señalado.

SEGUNDA.- LaREDdeberá enviar alMinisterio de Educación copia del acta de la Asamblea General en la que se efectuaren cambios o la renovación total o parcial de la Coordinación Nacional.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- Solo por esta primera vez las dignidades y miembros de la Coordinación Nacional serán electos por los Coordinadores Zonales que han sido elegidos por los maestros y maestras en las distintas asambleas zonales en un congresillo electoral, que sesionará 15 días antes a la primera Asamblea Nacional de la Red de Maestros.

SEGUNDA.- Solo por esta primera vez se instalará un congresillo electoral integrado por los Coordinadores Zonales que han sido elegidos por los maestros y maestras en las distintas asambleas zonales.

TERCERA.-En la Asamblea Nacional Constitutiva de la Red de Maestros por la Revolución Educativa las dignidades y miembros de la Coordinación Nacional serán posesionados por los maestros y maestras que asistan a la Asamblea Nacional; en lo posterior, la elección de las dignidades y de los miembros de la Coordinación Nacional y de los demás organismos de gobierno se sujetaran al Reglamento de Elecciones de la Red de Maestros.

CUARTA.-Todas las instancias de coordinación, comisiones y dignidades de la RED, constituidos anteriormente a la fecha de promulgación del presente Estatuto, se someterán a las disposiciones de la norma y por lo tanto, ejercerán las obligaciones y derechos que constan en el presente Estatuto.

QUINTA.-La Coordinación Nacional aprobará un reglamento para que las instancias de coordinación y comisionescreadas en la nueva norma se constituyan y por lo tanto ejercerán las obligaciones y derechos que consten en elEstatuto.

SEXTA.-Una vez aprobado el presente estatuto y obtenido el acuerdo ministerial correspondiente, se loprotocolícese y elévese a escritura pública en una de las notarías públicas del domicilio principal de la Organización, a fin de obtener las copias necesarias según el caso.

SÉPTIMA.- La Coordinación Nacional una vez posesionada en el plazo de 180 días deberá elaborar, presentar y aprobar el Reglamento General de Elecciones de la Red de Maestros.

CERTIFICO; Que el presente estatuto fue discutido artículo por artículo y aprobado en las sesiones de Asamblea General de laRED.

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